El escenario legal del reconocido magnate de la minería, Victorino Alonso, ha experimentado un cambio en el caso de la mina a cielo abierto de El Feixolín. Anteriormente, Alonso se enfrentaba a un encarcelamiento de dos años y medio según la Audiencia Provincial de León. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha modificado este fallo y ha reducido la duración a un año y diez meses. La razón de este cambio radica en la conclusión del tribunal de que Alonso ha cometido un delito contra los recursos naturales y la biosfera, sin circunstancias que agraven la ofensa.
El Tribunal Supremo ha considerado y respondido al recurso de casación planteado por el equipo legal de Alonso. Tras la evaluación, el tribunal ha dictaminado que los actos de Alonso se ajustan a la categoría ‘básica’ del delito, lo que excluye la posibilidad de una agravante de clandestinidad. En el fallo, se reconoce la validez de un documento que concedía la autorización para la explotación de la mina debido al ‘silencio administrativo’. Pese a que el tribunal considera ‘inusual’ este escrito que data de 1999, es un documento oficial que descarta cualquier insinuación de clandestinidad de las operaciones mineras desde aquel momento. Cualquier acto previo a esta fecha se encuentra prescrito. Además de modificar la duración del encarcelamiento, el Tribunal Supremo también ha reducido las sanciones de inhabilitación y de multa contra Alonso.
Este veredicto es la última adición a la serie de sentencias judiciales contra Alonso, incluyendo una reciente que le condena a cuatro años de prisión y le obliga a pagar una indemnización de 24 millones de euros. El desenlace de si Alonso acaba en prisión sigue a la espera.